De la entrega de títulos y actas de grado
Resolución n.º 18 (2 de noviembre de 2022)
De la entrega de títulos y actas de grado. La Universidad hará entrega del título y el acta de grado al graduado en grado múltiple, en grado privado o en grado individual sin ceremonia.
De la ceremonia de grado múltiple. El Comité de Unidad Académica, a iniciativa del Decano (a) programará al menos dos ceremonias de grado públicas colectivas solemnes cada año, cuyas fechas estarán contenidas en los distintos calendarios académicos. La toma de juramento - cuando haya lugar al mismo -, la entrega del título y del acta de grado se harán de acuerdo con el protocolo establecido para la ceremonia.
Del grado privado. El graduando o los graduandos que lo deseen podrán solicitar al decano de la Facultad, la entrega del título profesional y del acta de grado en ceremonia privada solemne, por fuera de las fechas programadas por el respectivo Comité de Unidad Académica con una antelación de hasta 30 días hábiles.
Del grado individual sin ceremonia. El graduando podrá solicitar, con una antelación de hasta 30 días hábiles, al decano de la Facultad, o al director de Posgrados la entrega del título profesional y del acta de grado sin ceremonia ni actos protocolarios por fuera de las fechas programadas por el respectivo Comité de Unidad Académica. En este caso, la Oficina de Admisiones y Registro de la seccional respectiva tomará el juramento, cuando haya lugar al mismo, y hará la entrega correspondiente por ventanilla.
Recuerde que la solicitud de grado debe ser radicada directamente en la Oficina de la Secretaría Académica.