Reglamento Docente Artículo 18, numeral 2. ELECCIÓN Y LISTA DE ELEGIBLES. “Con los concursantes para cada plaza de Docente de Planta o Catedrático que obtengan 60 puntos o más puntos se elaborará una lista de elegibles organizada en estricto orden descendente de puntaje, la cual tendrá una vigencia de 2 años. De cada lista se elegirá en estricto orden de puntaje.
Parágrafo 2. Dentro de los 5 días comunes siguientes a la comunicación de los resultados, el aspirante que considere vulnerado algún derecho podrá solicitar revisión, la cual será analizada y resuelta por el Comité de Evaluación y Selección Docente dentro de los diez (10) días siguientes a su formulación.”
Se publica en San José de Cúcuta-Norte de Santander, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año Dos Mil Veintitrés (2023).
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